Convocatoria Asamblea General Ordinaria 2023

Convocatoria Asamblea General Ordinaria 2023

La Junta Directiva del Athletic Club convoca a los socios compromisarios y a las socias compromisarias del Athletic Club a la Asamblea General Ordinaria que se celebrará el martes 31 de octubre de 2023, a las 19:00 horas, en el Auditorio del Palacio Euskalduna de Bilbao

La Junta Directiva del Athletic Club convoca a los socios compromisarios y a las socias compromisarias del Athletic Club a la Asamblea General Ordinaria que se celebrará el martes 31 de octubre de 2023, a las 19:00 horas, en el Auditorio del Palacio Euskalduna de Bilbao, en primera convocatoria y, en su caso, en el mismo lugar y a las 19:15 horas, en segunda convocatoria, con arreglo al siguiente:

Orden del día

  • Primero: Examen y aprobación, en su caso, de las Cuentas Anuales del ejercicio económico inmediatamente anterior.
  • Segundo: Examen y aprobación, en su caso, de la gestión de la Junta Directiva en el ejercicio económico inmediatamente anterior.
  • Tercero: Examen y aprobación, en su caso, del Presupuesto validado por la Liga Nacional de Fútbol Profesional.
  • Cuarto: Examen y aprobación, en su caso, de la propuesta de equiparación de las cuotas sociales del bloque 111 al 118 y las del bloque 125 al 104 del Estadio de San Mamés.
  • Quinto: Examen y aprobación, en su caso, del Proyecto de Reglamento de referéndums, consultas y procesos participativos.
  • Sexto: Examen y aprobación, en su caso, del Proyecto de Reglamento de abonados y de acceso y permanencia en los recintos deportivos.
  • Séptimo: Examen y aprobación, en su caso, del Proyecto de Reglamento disciplinario.
  • Octavo: Examen y aprobación, en su caso, del Proyecto de Reglamento de contratación.
  • Noveno: Examen y aprobación, en su caso, de las proposiciones de las socias y los socios que se presenten una vez convocada la Asamblea de Compromisarios y Compromisarias conforme al artículo 23.3 de los Estatutos.
  • Décimo: Ruegos y preguntas.

Se informa a los socios y las socias de los siguientes extremos:

Primero: De conformidad con lo establecido en el artículo 32.4 de los Estatutos, queda a disposición de los socios y las socias la siguiente documentación:

− las cuentas anuales del ejercicio económico inmediatamente anterior,
− el informe de gestión (Memoria Oficial 2022/2023),
− el informe emitido por los auditores de cuentas del Club,
− el presupuesto relativo al ejercicio económico en curso,
− el informe justificativo de la propuesta de equiparación de las cuotas sociales del bloque 111 al 118 y las del bloque 125 al 104 del Estadio de San Mamés,
− el Proyecto de Reglamento de referéndums, consultas y procesos participativos,
− el Proyecto de Reglamento de abonados y de acceso y permanencia en los recintos deportivos,
− el Proyecto de Reglamento disciplinario,
− el Proyecto de Reglamento de contratación,
− el informe de la Comisión de Control, Transparencia y Buen Gobierno y,
− el informe de la Defensoría de socios y socias.

La referida documentación estará disponible, tanto en euskera como en castellano, en el domicilio social, en la Oficina de Atención a los/as Socios/as y en el Txoko de Socios/as de la página la Web del Club.

Segundo: De conformidad con lo establecido en el artículo 32.1 de los Estatutos, los socios compromisarios y las socias compromisarias podrán solicitar por escrito, con anterioridad a la Asamblea, o durante su celebración, las informaciones o aclaraciones que estimen precisas acerca de los asuntos comprendidos en el Orden del Día. Este derecho podrá ejercitarse por medio de comunicación dirigida al Club o a través del sistema que se ha implantado al efecto en el Txoko de Socios/as de la página web del Club.

La Junta Directiva estará obligada a proporcionar las informaciones o aclaraciones solicitadas, salvo en los casos en que, a su juicio, la publicidad de los datos solicitados perjudique los intereses sociales y deportivos del Club o atente contra la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal. Dicha denegación deberá ser motivada ante la Asamblea de Compromisarios y Compromisarias. La denegación podrá ser revocada por la mayoría simple de los votos a petición de, al menos, el veinte (20) % de los compromisarios y compromisarias, a salvo que atente contra la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal.

Si el derecho del socio o socia ejercido en los términos citados no se pudiera satisfacer durante la Asamblea de Compromisarios y Compromisarias, la Junta Directiva estará obligada a facilitar la información solicitada por escrito dentro de los siete (7) días naturales siguientes al de la terminación de la Asamblea.

Tercero: De conformidad con lo establecido en el artículo 13.2.q) de los Estatutos, los socios y las socias, aunque no ostenten la condición de compromisarios o compromisarias, podrán formular preguntas relacionadas con el Orden del Día. Este derecho podrá ejercitarse, por medio de comunicación dirigida al Club o a través del apartado que se ha implantado al efecto en el Txoko de Socios/as de la página web del Club, hasta quince días antes de la fecha de la celebración de la Asamblea (16 de octubre). La respuesta al ejercicio de este derecho se ajustará a lo dispuesto en el apartado anterior.

Cuarto: A efectos del punto Noveno del Orden del Día, los compromisarios o compromisarias que representen el diez por ciento (10%) de los miembros de la Asamblea, o el dos por ciento (2%) del número total de socios o socias de número, podrán solicitar que se publique un complemento de la convocatoria acordada a iniciativa de la Junta Directiva añadiendo uno o más puntos en el Orden del Día inicial. La solicitud de ampliación de los puntos del Orden del Día inicial deberá realizarse conforme al artículo 23.3 de los Estatutos. Este derecho podrá ejercitarse por medio de comunicación dirigida al Club o a través del apartado que se ha implementado en el Txoko de Socios/as de la página web del Club, a través del cual se podrán realizar las adhesiones a dichas solicitudes que exigen los Estatutos.

Quinto: La conversión, total o parcial de la Asamblea de Compromisarios y Compromisarias en Asamblea Plenaria, mediante la remisión a la misma de determinados asuntos para su votación, podrá realizarse en los términos previstos en el artículo 23.2 de los Estatutos. Este derecho podrá ejercitarse, antes de del inicio de la Asamblea, por medio de comunicación dirigida al Club o a través del apartado que se ha implementado en el Txoko de Socios/as de la página web del Club, a través del cual se podrán realizar las adhesiones que exigen los Estatutos.

Sexto: Los socios compromisarios y las socias compromisarias podrán asistir a laAsamblea de manera telemática a distancia o de manera presencial:

  • Asistencia a distancia: para garantizar la identidad de las personas asistentes y el correcto ejercicio de sus derechos asociativos, los compromisarios y las compromisarias que deseen asistir a la Asamblea a distancia de manera telemática deberán registrarse previamente en el Txoko de Socios/as de la página web del Club (www.athletic-club.eus) o en la Oficina de Atención a los/as Socios/as hasta las 12 horas del día 20 de octubre de 2023.

    Con posterioridad a la finalización del plazo fijado, no se admitirá ningún registro para el ejercicio del derecho de asistencia y voto de manera telemática.

    Una vez efectuado el registro, el compromisario o la compromisaria recibirá con antelación a la Asamblea las credenciales usuario/clave u otras análogas en su dirección de correo electrónico.

    Asimismo, una vez efectuado el registro no se podrá votar presencialmente. El registro para asistir a la Asamblea a distancia de manera telemática supondrá la renuncia expresa e irrevocable a votar presencialmente.
     
  • Asistencia presencial: los socios compromisarios y las socias compromisarias, que no se hubieran registrado para asistir y votar en la Asamblea de manera telemática, podrán asistir y votar en la Asamblea de forma presencial.

    Recibirán la tarjeta electrónica de asistencia a la Asamblea General Ordinaria en el correo electrónico que consta en los registros del Club. También podrán descargarla en la sección que se habilitará en el Txoko de Socios/as de la página web del Club (www.athletic-club.eus) y/o solicitarla en la Oficina de Atención a los/as Socios/as.

    Para acceder al recinto en el que se celebre la Asamblea, y para poder ejercer sus derechos asociativos, deberán presentar la tarjeta electrónica de asistencia e identificarse con el DNI, Pasaporte o Carné de conducir.

    Esta exigencia necesaria para la identificación fehaciente del socio o socia desaparecerá cuando se implante el carnet digital del Athletic Club que posibilite a las personas asociadas del Club identificarse fehacientemente para el ejercicio de los derechos asociativos y para la realización de cualesquiera trámites, presenciales o electrónicos, ante el Club, en los términos previstos en la Disposición Adicional 8ª de los Estatutos.

Séptimo: De conformidad con lo establecido en el artículo 28 de los Estatutos, la Asamblea de Compromisarios y Compromisarias quedará válidamente constituida cuando concurran (de forma presencial y a distancia por medios telemáticos), en primera convocatoria, al menos el 50% de sus miembros. En segunda convocatoria bastará con la concurrencia del 20% de sus miembros.

Octavo: Aquellos/as socios/as compromisarios/as que opten por asistir a la Asamblea a distancia de manera telemática también podrán intervenir en la misma mediante dos sistemas:

i. Mediante llamada telefónica: podrán intervenir telefónicamente quienes comuniquen al Club su deseo de intervenir en la Asamblea, antes de las 12 horas del día 20 de octubre de 2023, al efecto de que el Club pueda destinar los recursos necesarios. Para ello se ha habilitado un apartado en el Txoko de Socios/as de la página web del Club.

ii. Mediante el chat habilitado en la plataforma telemática en la que podrán seguir la Asamblea: no será necesario ninguna comunicación previa al Club. Los/as socios/as registrados para asistir a distancia podrán solicitar su turno de intervención, e intervenir, durante el desarrollo de la Asamblea, para realizar preguntas escritas, a través del sistema de chat habilitado en la misma plataforma telemática.

Noveno: De conformidad con lo establecido en el artículo 31.5 de los Estatutos, las votaciones tendrán lugar una vez que finalicen todas las intervenciones relativas a cada punto del orden del día. Con el fin de agilizar el desarrollo de la Asamblea, se podrán agrupar las votaciones relativas a varios puntos del Orden del Día. En ese caso, se expondrán todos los puntos del Orden del Día separadamente, se realizarán todas las intervenciones y se abrirá un periodo de votación, en el que se votarán los puntos de forma sucesiva y separada.

La votación será presencial o a distancia (de manera telemática) y siempre secreta. Preferentemente se optará por el voto mediante el uso de dispositivos interactivos que facilite el Club en el caso de los compromisarios y de las compromisarios que asistan presencialmente a la Asamblea, en lugar del sistema tradicional de introducción de votos en urnas (aunque ambos sistemas serían igual de válidos). Todos los compromisarios y compromisarios que asistan presencialmente a la Asamblea votarán siguiendo el mismo sistema.

En caso de que se opte por el voto mediante el uso de dispositivos interactivos, los compromisarios y las compromisarias que asistan presencialmente a la Asamblea dispondrán de un periodo suficiente para votar en cada punto del Orden del Día. Se habilitará un periodo de votación mayor a los compromisarios y las compromisarias que ejerciten su derecho al voto a distancia de manera telemática.

Décimo: La aprobación de los acuerdos precisará la mayoría simple, que se producirá cuando los votos afirmativos superen a los negativos, no siendo computables a estos efectos los votos nulos, los votos en blanco ni las abstenciones.

Undécimo: Se recuerda a los compromisarios y las compromisarias de la necesidad de actualizar sus datos identificativos en el Txoko de Socios/as de la página la Web del Club con el fin de que el Club pueda facilitarles los medios para el ejercicio de los derechos asociativos.

Duodécimo: De conformidad con lo establecido en el artículo 19.10 de los Estatutos, los socios compromisarios y las socias compromisarias podrán renunciar a su cargo. Asimismo, perderán su condición en el caso de no concurrir a dos (2) asambleas sin justificación suficiente debidamente acreditada. La pérdida de tal condición, que carece de naturaleza disciplinaria, será acordada por la Junta Electoral previo trámite de audiencia y tal pérdida impedirá acceder al cargo en los cinco (5) años posteriores a aquella pérdida.

En Bilbao, a 29 de septiembre de 2023. 
Presidente: D. Jon Uriarte Uranga. Secretario: D. Jon Salinas Aguirre.